Dr.
Oscar Crespo Soliz

EXCMO. FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
Excmo.
Señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Dr. Juan Antonio Chain
Excmo.
Sr. Embajador de España,
Excmos.
Señores Ministros de la Corte Suprema y Consejeros de la Judicatura
Sr.
Director del Proyecto de Apoyo al Poder Judicial
Sres.
Representantes de las Agencias de Cooperación Internacional
Distinguidas
autoridades nacionales, departamentales y representantes institucionales de
Santa Cruz
Sr.
Director del Centro Iberoamericano de Formación de la AECI
Es mi deseo, en primer lugar; manifestar mi sincero y real agradecimiento al Gobierno de España por la inestimable ayuda que viene prestando a la Fiscalía General de la República, dentro del Convenio Marco suscrito el 05 de octubre de 1999 entre la institución que represento y el Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía General del Estado de España y Agencia Española de Cooperación Internacional.
Quiero significar expresamente la importante aportación que, para el inicio del convenio bilateral al que me he referido, nos han brindado el Dr. Francesc Caminal de Paula Badia, Vocal del Consejo de la Judicatura Española, el Dr. Jesús Cardenal, Fiscal General de España, y los representantes de la Agencia Española de Cooperación en Madrid, ciudad en la que hemos sido recibido con muestras de indudable afecto, sintiéndonos como parte integrante de una Comunidad de gran vocación de futuro, que no es otra que la Comunidad Latinoamericana.
El día de hoy constituye no sólo un momento de gran alegría personal, sino que, sin ningún género de duda, pasará a ser en el futuro del Ministerio Público, una fecha histórica en la cual la Fiscalía General de la República ha conseguido, no sin dificultades, hacer realidad el deseo de los integrantes del Ministerio Público, de contar con un instrumento normativo que permita a sus miembros, no sólo mejorar su formación y capacitación, sino que, desde un marco académico ordenado, pueda impartir a este colectivo profesional una correcta formación humanística, capaz de hacer sentir a estos, en el ejercicio diario de sus funciones, el verdadero deseo de justicia que demanda la sociedad boliviana.
Un profesional que ignora tales valores éticos o humanos, aún desde la más sólida formación jurídica, no estará en condiciones de integrar un Ministerio Público plenamente enmarcado en un sistema democrático, moderno y avanzado, que haga del fiscal un verdadero garante de los derechos y libertades recogidos en la Constitución Política del Estado.
De este modo, uno de los principales objetivos que a corto plazo ha de perseguir la Fiscalía General de la República, es procurar que esta institución se mantenga dentro de una concepción científica y técnica, completamente alejada de criterio políticos, bajo la dirección de profesionales bolivianos capaces, que en todo momento velen por el respeto a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad que inspiran el reglamento del Instituto de Capacitación de Fiscales. En esta, sin duda, difícil tarea, contarán siempre con el apoyo de quien hoy les habla.
Quiero aprovechar esta ocasión para demandar en este trabajo, el apoyo de todos los presentes, e invitar expresamente a los representantes de las Agencias de Cooperación Internacional a participar en los procesos de capacitación de los integrantes del Ministerio Público, teniendo como cauce natural el propio Instituto de los Fiscales, lo cual permitirá aunar esfuerzos y lograr más y mejores resultados, evitando la dispersión de actuaciones.
En pocos días más celebraremos el "Día del Ministerio Público", pilar fundamental de la administración de justicia, al que por mandato constitucional se le ha encomendado la defensa de la legalidad, de los intereses de la Sociedad y del Estado. El mecanismo de tutela de estos intereses, en cuanto a su forma de ejecución, se ha visto revitalizado con el papel que atribuye el nuevo Código de Procedimientos Penal al Ministerio Público, pasando este de una posición de precariedad procesal a asumir un papel esencial, en cuanto operador de justicia, para el cumplimiento de sus funciones procesales y fines constitucionales.
No obstante, en un sano ejercicio de sinceridad institucional, es evidente que hoy por hoy el Ministerio Público, por razones de diversa índole, no se halla en las mejores condiciones para cumplir con efectividad el ejercicio de los fines constitucionales a los que me he referido. En efecto, los problemas que aquejan a la institución que represento van desde los meramente presupuestarios, a aquellos que directa o indirectamente derivan de otras instituciones, ajenas funcionalmente al Ministerio Público, pero que de uno u otro modo condicionan su adecuado y mejor funcionamiento. Por tal motivo solicito a quienes se encuentran en esta distinguida audiencia, una especial sensibilidad, solidaridad y cooperación que ayuden a colocar al Ministerio Público en su Justa y real dimensión, por cuanto ello será no solo positivo para nosotros mismos, sino también para el Poder Judicial en su conjunto y, en definitiva, para la propia sociedad, que contará con profesionales plenamente cualificados e independientes, son un sistema procesal ágil y eficaz que dé una respuesta inmediata a la demanda de intereses.
Dentro del importante proceso de cambios y de reformas que en la actualidad se están produciendo en nuestro país, el nacimiento del Instituto de Capacitación de fiscales nos llena de orgullo y esperanza ante los beneficios que este Centro ha de reportar a corto y mediano plazo, y estamos seguros que su funcionamiento será un éxito, tanto por tener una sólida base técnica como por ser fruto de un estudio, en el cual han primado la búsqueda de formulas legales que coadyuven a la objetividad y transparencia en la selección y formación de los fiscales, y por ende a reforzar la autonomía funcional y operativa de sus integrantes.
En una etapa como la que en la actualidad vive el país, no puede menos que exigirse la responsabilidad por el cambio y del acierto en las decisiones no sólo a los representantes directos de las instituciones, en lo que quien les habla asume como Fiscal General, sino que debe crearse un contexto institucional, que agrupe con aquellos que desde otros Poderes como el Ejecutivo y Legislativo, también tienen responsabilidades asumidas ante la sociedad y capacidad última de decisión en los aspectos esenciales para lograr la efectividad de los cambios, no sólo por los operadores directamente implicados en el sector justicia, sino por el pueblo de Bolivia último destinatario de los mismos.
En esta línea de reflexión, el Fiscal General brinda ante este distinguido foro todo su esfuerzo y capacidad para que las reformas de la Fiscalía lleguen a buen puerto, pero al propio tiempo demanda, desde la soledad de aquel que ha de asumir su función en forma unipersonal, serenidad en la crítica, que asumiré como constructiva, y compromiso en la aportación de ideas de parte de todos los implicados, directa o indirectamente, en la necesaria reforma de la administración de justicia.
Siguiendo el proceso de transformaciones, en breve plazo será estudiada la reforma de la Ley Orgánica del Ministerio Público, texto legal que ha cumplido su función en el pasado, pero que hoy se encuentra totalmente desfasado para responder al nuevo papel que se exige del órgano requirente. Los principios de tutela de los derechos y libertades constitucionales, el papel de garante del Estado de Derecho, el respeto a la Constitución Política del Estado y demás leyes de la República, en los que los integrantes del Ministerio Público asumen un papel decisivo, no pueden ser una realidad diaria ante los ojos del ciudadano, sin fiscales realmente autónomos en sus funciones, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.
La dotación por parte del legislador de fórmulas objetivas y transparentes, que acrediten su capacidad profesional como único mérito para acceder a las fiscalías; la creación de una verdadera Carrera Fiscal, que ordene su vida profesional y la supresión de los actuales plazos para el ejercicio de funciones; con la única posibilidad de separación del servicio por la comisión de delitos o responsabilidad disciplinaria por falta muy grave y la acertada regulación de su responsabilidad, no sólo constituyen criterios que inspiran la concepción del Ministerio Público en las democracias más avanzadas del mundo, sino también los principios que han de regir la actuación de quien a ustedes se dirige frente a cualquier dificultad, cumpliendo de este modo con honestidad los deberes inherentes a mi cargo dentro de las atribuciones otorgadas por el artículo 41-c de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Para finalizar, es mi deseo que el Instituto de Capacitación de Fiscales tenga la virtud, con la ayuda de todos los que ostentan responsabilidades políticas judiciales, de hacer frente a los grandes desafíos que se le presenten, de dotar a los operadores de justicia de más y mejores conocimientos, de una sólida base ética, de coraje y arrojo ante los abusos o desviaciones de poder; y, en definitiva, de convertir al Ministerio Público en la mejor garantía de respeto hacia el Estado de Derecho que nuestra Constitución Política proclama, por cuanto ello constituye la verdadera esencia de una democracia avanzada.
Muchas gracias.
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